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¿Tienes un vínculo familiar con un ciudadano español y quieres vivir y trabajar legalmente en España?
En nuestro despacho te ofrecemos un servicio completo de tramitación de la autorización de residencia para familiares de personas con nacionalidad española.
Nos encargamos de asesorarte, preparar toda la documentación necesaria y presentar tu solicitud ante las autoridades competentes.
Te acompañamos en cada paso del proceso para que puedas reunirte con tu familia, regularizar tu situación y acceder al mercado laboral sin restricciones.
Con nosotros, tu solicitud estará en manos de expertos comprometidos con tu tranquilidad y tu futuro en España.
¡Contáctanos y empieza hoy mismo!
Podrán solicitar esta autorización, siempre que convivan con la persona española:
Cónyuge mayor de 18 años
Pareja no casada mayor de 18 años :
Hijos/as del solicitante o de su cónyuge/pareja registrada/estable, siempre que :
Ascendientes directos (padre o madre) del ciudadano español o de su cónyuge/pareja registrada/estable, cuando :
Padre, madre, tutor/a de un menor de nacionalidad española, siempre que :
Familiar hasta segundo grado que cuide a una persona española con dependencia reconocida
Hijos/as de padre o madre que sean o hayan sido españoles de origen.
Otros familiares, no incluidos en los apartados anteriores, que acrediten encontrarse a cargo del ciudadano español.
5 años
Vivir y trabajar en España :
Permite vivir y trabajar en todo el país, en cualquier sector, sin necesidad de hacer trámites adicionales.
Trabajar sin perder la residencia :
Aunque empieces a trabajar, seguirás manteniendo tu residencia. También puedes pedir una residencia independiente más adelante si quieres.
No se mira el mercado laboral :
No importa si hay o no ofertas de trabajo en España; esto no afecta la concesión de tu permiso.
Reagrupar a tu familia :
Podrás traer a tus propios familiares a vivir contigo en España.
Relativos al familiar de nacionalidad española :
Relativos al familiar extranjero :
La solicitud de autorización de residencia podrá presentarse en España o en el país de origen del familiar, según el caso:
Cuando el ciudadano español reside en España y el familiar extranjero se encuentra en su país de origen o procedencia, el ciudadano español presenta la solicitud en la Oficina de Extranjería de su lugar de residencia.
Cuando ambos (ciudadano español y familiar extranjero) se encuentran en España, se podrá presentar la solicitud si el familiar extranjero es:
(a través del Consulado General de España)
Cuando ambos (ciudadano español y familiar extranjero) se encuentran fuera de España, el familiar extranjero presenta la solicitud de visado en el Consulado de España en su país de origen o residencia.
Cuando se trata de los siguientes familiares :
¡Inicia tu camino hacia una nueva vida en España hoy mismo! Nuestro equipo está listo para ayudarte a alcanzar tus objetivos. Regístrate fácilmente a través de nuestra aplicación: solo necesitas 1 minuto para completar el proceso. Simplemente haz clic en el botón «Hacerse Cliente» en el menú y comienza a dar los primeros pasos hacia tu futuro en España. ¡Es rápido, sencillo y seguro!
Organizaremos una consulta personalizada para analizar tu situación en detalle y crear un plan estratégico adaptado a tus necesidades. Durante esta etapa, formalizaremos los acuerdos necesarios para garantizar una colaboración transparente y eficiente antes de iniciar el proceso.
Una vez formalizado el acuerdo, podrás elegir la modalidad de pago que mejor se adapte a ti:
Nos encargamos de acompañarte durante todo el proceso administrativo, desde el inicio hasta la obtención de tu tarjeta de residencia:
En IGOLAW, te brindamos apoyo incluso tras la aprobación de tu residencia. No te sientes solo; nuestro equipo está preparado para asistirte desde nuestra oficina en Barcelona. Te ayudamos con asuntos fiscales, renovaciones y cualquier otra gestión que necesites.
Opción económica para quienes ya tienen parte del proceso avanzado.
Ofrece revisión y presentación del expediente por un abogado, con seguimiento básico. No incluye respuesta a requerimientos ni servicios adicionales. Recomendado para quienes cuentan con documentación ya preparada y experiencia en trámites migratorios.
€300
Asistencia completa con lo esencial.
Incluye todos los pasos fundamentales del trámite, con asesoría legal, preparación del expediente y seguimiento, así como el pago de tasas y gestión de citas clave. Ideal para quienes quieren seguridad y apoyo, pero no necesitan servicios adicionales como traducciones o apertura de cuenta bancaria.
€550
Servicio integral y sin preocupaciones.
Pensada para quienes buscan un acompañamiento completo en todo el proceso. Incluye desde la preparación de documentos, traducciones juradas y gestiones administrativas hasta el acompañamiento personal a citas y la cobertura de todas las tasas oficiales.
€1020
El solicitante obtendrá los siguientes derechos:
La oficina de extranjería debe resolver en un plazo máximo de 2 meses desde la presentación de la solicitud.
Si no hay respuesta en ese plazo, se entiende denegada por silencio administrativo.
La autorización puede perderse si:
Sin embargo, el familiar extranjero puede solicitar una residencia independiente en casos como: